Desgravación

¿Cuántas veces se ha escuchado el término desgravar?

El cómo pagar menos impuestos es algo que siempre interesa conocer, tanto si son impuestos cuya carga tributaria recae sobre las personas física como si la carga afecta a las personas jurídicas.

Pero ¿qué es desgravar?

Según la RAE, desgravar consisten en “descontar ciertas partidas de la base o de la cuota de un tributo”.

En este sentido, la desgravación supone la disminución de la base imponible de un tributo a causa de, por ejemplo, algún incentivo económico que resulta de aplicación a una determinación persona que actúa como sujeto pasivo, o porque tenga alguna circunstancia personal que se lo permita según la ley correspondiente del tributo que hay que asumir en una determinada situación.

Pues bien, la desgravación es lo que permite que los impuestos a pagar se vean reducidos y que, por lo tanto, la cantidad a ingresar sea menor.

Muchas de las desgravaciones, a menudo, suponen el fomento de un grupo de actividades económicas concretas, así como la promoción de algunos objetivos gubernamental específicos, como, por ejemplo, es el caso de la inversión en energías renovables por parte de las empresas.

¿Es lo mismo desgravar que deducir?

Sabiendo que las desgravaciones se usan como herramientas para poder reducir la carga tributaria de individuos y empresas, conviene matizar aquí si desgravar y deducir es lo mismo.

Pues, aunque como ya se ha dicho, para la RAE la desgravación supone descontar ciertas partidas de la base imponible o de la cuota de un tributo, la Hacienda Pública usa diferentes expresiones para hacer mención a la reducción de los impuestos a pagar por el contribuyente.

Entre estas expresiones se destacan las deducciones, exenciones, reducciones y bonificaciones lo que supone que, para la Agencia Tributaria, grosso modo, existen diferentes tipos de desgravaciones.

Por ejemplo, dice el artículo 22, de la Ley General Tributaria:

“Son supuestos de exención aquellos en que, a pesar de realizarse el hecho imponible, la ley exime del cumplimiento de la obligación tributaria principal”.

De hecho, en las normativas relativas a los impuestos del Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o el Impuesto sobre Sociedades (IS), no se habla de desgravaciones sino de deducciones.

En otras palabras, se puede concluir que la Agencia Tributaria emplea las palabras desgravar y deducir como sinónimas para hacer referencia a la posibilidad de reducir la presión fiscal de un determinado contribuyente, tanto si es persona física como jurídica; y que, por lo tanto, funcionan como un incentivo económico que puede aplicar el sujeto pasivo de un impuesto concreto al que debe de hacer frente.

De hecho, para el caso de las empresas o de las personas autónomas, la desgravación es una herramienta muy útil que, de manera habitual, les supone la posibilidad de poder reducir su carga tributaria y, por ende, les favorece para tener una buena situación financiera.

Aunque, como ya se ha dicho, la desgravación no solamente afecta a las personas jurídicas, sino también a las físicas, como es el caso del IRPF.

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